Esta
es otra de las grandes contradicciones de la CPE del MAS, por un lado, el art.
409 señala que “La producción,
importación y comercialización de transgénicos será regulada por Ley” es
decir no la prohíbe, en el art. 255, inc) II, numera 8 señala “II. La
negociación, suscripción y ratificación de tratados internacionales se regirá
por los principios de: 8. Seguridad
y soberanía alimentaria para toda la población; prohibición de importación,
producción y comercialización de organismos genéticamente modificados y
elementos tóxicos que dañen la salud y el medio ambiente”. Aunque en este
último artículo la prohibición se refiere de suscribir tratados, lo cierto es que
la prohíbe y dado que los órganos legislativo y judicial está en manos del MAS,
nada raro que el ejecutivo tenga una sorpresa desagradable. Por ello la
necesidad de una nueva asamblea constituyente, que abrogue la CPE del MAS.
Atte. Gustavo Blacutt Alcalá.
https://www.paginasiete.bo/nacional/2020/5/11/copa-rechaza-el-decreto-sobre-los-transgenicos-anuncia-un-recurso-en-el-tcp-255174.html
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