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sábado, 28 de mayo de 2022

¿Cuál es el problema central del sistema judicial en Bolivia?


Por: Gustavo Blacutt Alcalá 

 En cerca de 200 años de vida independiente, nuestro país ha tenido 17 constituciones, con cuatro ideologías dominantes, la liberal, la social, la nacionalista revolucionaria y la indígena comunitaria. Sin embargo, ninguno de los gobiernos que se respaldaban en esas ideologías para reformar el sistema judicial ha podido resolver los problemas del sistema. Parecería más bien que con cada modificación que se efectúa, el problema se profundiza antes que resolverse. ¿Cómo podemos explicar este fenómeno? ¿Cuál es el factor común a todas las reformas, por el cual la crisis del sistema judicial no ha sido resuelta?

 Para abordar la crisis del sistema judicial es importante preguntarnos en principio ¿Cuál es el problema central del sistema judicial en Bolivia? de cómo respondamos a esta pregunta dependerán las soluciones más adecuadas para resolver esta dificultad.

 La reforma del sistema judicial incorporada en la constitución del 2009, parte de la premisa que el problema central de la justicia en Bolivia es la herencia colonial, Moisés Chivi Vargas señala “El debate constituyente en Bolivia permitió esclarecer que, gran parte de los problemas del Judicial, no son resultado de la buena o mala voluntad de los circunstancialmente “Operadores de Justicia”, sino que existe por encima de ellos, toda una cultura inquisitorial, aristocrática y monárquica, que sólo puede admitir una categoría de referencia política para su análisis: la colonialidad institucional... en 183 años de vida republicana y del sistema de justicia en Bolivia, al igual que la región no ha logrado emanciparse de la colonialidad persistente” Consecuencia de la anterior premisa se proponen tres líneas de acción: 1° descolonizar del derecho, 2° nacionalizar la justicia y 3° presentar a la Justicia Indígena Originario Campesino, con cualidades idealizadas y capacidades emancipadoras extraordinarias, que sirvan de guía o modelo de transformación de la justicia ordinaria.

Tomar al sistema colonial en conjunto, válido en cualquier tiempo y lugar, no permite distinguir los avances y conquistas jurídicas y sociales que se han ido dando desde la independencia de la república, hasta nuestros días. Reconocer los avances y conquistas legales, sociales y políticas, no implica negar que muchos prejuicios coloniales y parte de la mentalidad colonial aún perviven, sin embargo, los resabios coloniales se encuentran entremezclados con mentalidades y prejuicios capitalistas que le dan otros contenidos de valores morales, culturales, políticos y sociales tanto a los prejuicios como a las mentalidades “coloniales”. 

El problema central del sistema judicial en Bolivia se encuentra en el diseño de las estructuras del poder judicial que desde la creación de la república están orientadas a legalizar y legitimar el poder político de turno. La constitución del 2009 va más allá, porque su diseño está orientado a legalizar y legitimar al político de turno, tal como pudimos comprobar el 2019, cuando de estar totalmente alineados con el gobierno de Evo Morales, legalizaron y legitimaron el gobierno transitorio de Jeanine Añez y hoy nuevamente vuelcan todo su apoyo al gobierno de Luis Arce.

Resolver el problema central del sistema judicial en Bolivia, consiste, en diseñar una estructura orientada a defender y promover el Estado democrático de derecho, la seguridad jurídica, la independencia del poder judicial y de los operadores de justicia, fundada en los principios y valores de libertad individual e igualdad de todos ante la ley, para que el sistema judicial se enfoque en cumplir su único objetivo que es “la realización del ideal de justicia”

Corregir la crisis del sistema judicial, pasa inevitablemente por una reforma integral del sistema judicial desde sus bases, es decir, desde su concepción filosófica, pasando por las normas, procedimientos y aplicación de dicha reforma. Identificar el problema central nos abre el camino a una reforma integral, coherente y congruente con lo que se desea solucionar, no solamente de forma inmediata, si no a través del tiempo y no solo en una materia, si no en todas las materias del sistema.

(Este es el segundo artículo de un ciclo de escritos en el que expondremos una propuesta de reforma del sistema judicial)

sábado, 21 de mayo de 2022

La crisis del sistema judicial en Bolivia


La crisis del sistema judicial viene desde el inicio mismo de la república, sin embargo, nunca en la historia de este país la crisis de la justicia fue de tan profunda y peligrosa como la que atraviesa en la actualidad.
 
El 9 de febrero de 2009 entraba en vigencia la actual Constitución Política del Estado y con ella una de las reformas judiciales más innovadoras de la historia de nuestro país, sin embargo, al mismo tiempo y de manera paradójica se retrocedía en derechos conquistados en más de 200 años de vida republicana.
 
Con la reforma del sistema de justicia en la constitución de 2009 se crearon ciertas esperanzas de cambio, sin embargo 12 años más tarde, todos los males continúan y con mayor fuerza que antes, con el agravante de que el nuevo diseño permitió que el sistema judicial sea instrumentalizado para descabezar la oposición política desnaturalizando el debido proceso mediante distintos mecanismos procesales, como por ejemplo, el traslado de los juicios del juez natural de la causa a plazas territoriales distintas y distantes; la utilización del arresto domiciliario sin derecho al trabajo; la incorporación del sistema de justicia indígena como un sistema paralelo a la justicia ordinaria; o a través de la constitucionalización de  la retroactividad e imprescriptibilidad de la ley en materia penal.
 
Los males centenarios que aquejan al sistema judicial como la dependencia del poder judicial, la retardación de la justicia, el exceso de la carga judicial, la corrupción, el presupuesto y otros, continúan y todo indica que no hay voluntad política de resolverlos.
 
La corrupción ha llegado a límites insospechados, la prensa nacional esta atiborrada de noticias de corrupción judicial que cualquier calificativo resulta insuficiente para valorar la magnitud del problema, únicamente como ejemplo podemos mencionar que el hecho más impactante de corrupción en la historia del país, se conoció el 17 de septiembre de 2018, cuando en un audio la Jueza Pacajes declaraba que el Médico Jhiery Fernández era inocente de la imputación de violación del bebé Alexander y que ella en pleno conocimiento de esa inocencia lo condenaba a 20 años de presidio.
 
Luego unos años más tarde, el fiscal que llevo adelante este caso, fue elegido por el Consejo de la Magistratura como Juez 13º en lo Penal, aunque había terminado cuarto en la puntuación entre los postulantes evaluados. Este hecho demuestra con toda crudeza el grado de corrupción al que ha llegado la justicia boliviana.
 
El grado de deshumanización en la aplicación de procedimientos es algo nuevo, jamás la justicia se había instrumentalizado con tanta saña, odio y revancha al punto que está matando a personas, no con balas, pero si con la proliferación de cientos de juicios, miles de audiencias, millones de actuados para quebrar la economía y la psicología de los acusados, que luego ha derivado en el agotamiento y la muerte física de personas que no han resistido el acosado trajín judicial al que han sido sometidos, como son los casos concretos del expresidente del Servicio Nacional de Caminos (SNC), José María Bakovic y últimamente del Lic. Marco Antonio Aramayo ex director del Fondo de Desarrollo Indígena Campesino.

El grado de dependencia del poder judicial frente al político de turno es manifiesta, basta con citar dos ejemplos de esta dependencia lo encontramos en la Declaración Constitucional Plurinacional 0003/2013 de 25 abril de 2013 y la Sentencia Constitucional Plurinacional 0084/2017 de 28 de noviembre de 2017. Ambas tienen como único propósito habilitar a una tercera, cuarta e indefinida postulación de los ex mandatarios Evo Morales y Álvaro García a la presidencia y vicepresidencia del país, en demostrada violación de la Constitución Política del Estado que prohibía dichas postulaciones.
 
Apenas han pasado 13 años de ese cambio innovador del voto popular, de la justicia indígena con la misma jerarquía normativa que la justicia ordinaria, del carácter vinculante del preámbulo, etc., sin embargo, la crisis ha llegado a limites inquietantes, que afecta el desarrollo económico, político y social del país, generando un clima de incertidumbre que perturba la estabilidad y la paz social.


(Con el presente artículo, iniciamos un ciclo, para dar a conocer una propuesta de reforma del sistema judicial en Bolivia)

domingo, 1 de mayo de 2022

 

ANTE EL FRACASO DE LOS ACUERDOS PARA ELEGIR AL DEFENSOR, NUEVOS ACUERDOS

Por: Gustavo Blacutt Alcalá

 

Los acuerdos políticos entre el oficialismo y la oposición para elegir al futuro Defensor del Pueblo, parecen haber llegado a su fin. Esto se debe a que en la etapa de las entrevistas la calificación de unos y de otros fue lo que tenía que ser “estrictamente subjetiva y politizada”

 

A pesar de este traspié, merece destacarse el trabajo de los parlamentarios tanto de oposición como del oficialismo, de hacer todos los esfuerzos por llegar a acuerdos en la elección de tan importante institución, como lo es el Defensor del Pueblo.

 

A estas alturas parece que la actitud del oficialismo no es la más aconsejable, sin embargo, la oposición parlamentaria tiene la oportunidad de aprender la lección y seguir por el camino del diálogo e intentar reencausar las negociaciones con el MAS para culminar con éxito la elección del Defensor.

 

Probablemente lo más inteligente, (aunque no lo más popular) sea que la oposición presente una nueva iniciativa para dejar en un cuarto intermedio el proceso de elección del defensor y proponer un proyecto de ley por el cual la Asamblea Legislativa además de elegir al Defensor del Pueblo, como manda la constitución, se elijan a dos adjuntos de la defensoría, también por 2/3 de votos, de forma que se llegue a conformar el Defensor del Pueblo con la representación parlamentaria de todos los partidos políticos.

 

El segundo acuerdo debería tratar sobre la forma de elegir al Defensor y los dos adjuntos, desechando esa vergonzosa manera de ilusionar a gente que de buena fe piensa que tiene los méritos para ser elegidos y presentan con tanto esmero sus hojas de vida y gastan un montón de dinero acumulando los requisitos institucionales que obliga la convocatoria, cuando todos sabemos que los elegidos ya lo están con anticipación.

 

Que, cada bancada presente tres o cuatro postulantes de la más alta profesionalidad y calidad moral como postulantes a defensor y adjuntos.

 

Que, cada partido tenga la facultad de veto sobre los postulados en base a causales objetiva y claramente definidos.

 

Que, en los casos extremos en los que no se logré los 2/3, el defensor será elegido de entre uno de los postulados por la bancada mayoritaria y los adjuntos sean escogidos de entre uno de los presentados por los otros partidos.

 

Esta forma de elección será una oportunidad y un desafío para que los partidos políticos presenten a los mejores ciudadanos como sus candidatos ante la opinión pública y al mismo tiempo el Defensor del Pueblo tendrá una institución colegiada donde el Defensor necesariamente tendrá que ejercer su mandato ajustado a los criterios establecidos en la ley de la defensoría y no como en la actualidad al arbitrio de quien ejerce esa función en forma interina.