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Mostrando entradas de diciembre, 2022

El suma qamaña (vivir bien), en la jurisprudencia constitucional

  L a Declaración Constitucional Plurinacional 0002/2016 de 1.º de febrero de 2016 establece 7 fundamentos para resolver de las consultas de las autoridades indígenas sobre la aplicación de sus normas a un caso concreto: El primer fundamento, señala que el propósito constitucional dominante, tiene como función jurídica, “la de abrirse a los cambios, bajo los principios del pluralismo jurídico para terminar con el colonialismo interno” Este primer fundamento ya lo analizamos en al artículo anterior. El segundo fundamento establece que “el estado de armonía y equilibrio”, que busca el “suma qamaña” o “vivir bien” está “basado en los principios y valores más que en normas escritas”. Este segundo fundamento es similar al fundamento de la justicia natural o de la justicia moral que regía en los estados medievales europeos y en esta parte de América durante la colonia, era un principio que se aplicaba cuando existía una contradicción entre la justicia natural y el derecho positivo (ley e...

La descolonización del derecho en la Constitución y la jurisprudencia

  C omo vimos en el anterior artículo, quienes parten de la idea de que el sistema judicial es colonizado afirman que “en 183 años de vida republicana y del sistema de justicia en Bolivia, al igual que la región no ha logrado emanciparse de la colonialidad persistente” (Chivi) Afirmar que el sistema judicial en Bolivia no logró emanciparse de la “colonialidad persistente” es desconocer el carácter soberano e independiente de nuestro país y de su sistema judicial, el hecho de que se mantengan muchos prejuicios coloniales y todavía exista cierta mentalidad colonial a nivel social, cultural, racial, económico, etc., es totalmente distinto. Tomar al sistema colonial como un todo, válido para cualquier tiempo y lugar, hace difusa la comprensión de conceptos como sistema colonial, colonialismo interno, prejuicios coloniales, mentalidad colonial, neoliberalismo, etc. Descolonizar el derecho supone afirmar que las normas jurídicas se mantienen desde la colonia o por lo menos es afirmar que...

¿Se puede “nacionalizar la justicia”?

  Q uienes parten de la idea que el sistema judicial es colonial o está colonizado señalan que el problema central del sistema judicial es la herencia colonial. Moisés Chivi Vargas expresa que “El debate constituyente en Bolivia permitió esclarecer que, gran parte de los problemas del Judicial, no son resultado de la buena o mala voluntad de los circunstancialmente ‘Operadores de Justicia’, sino que existe por encima de ellos toda una cultura inquisitorial, aristocrática y monárquica, que sólo puede admitir una categoría de referencia política para su análisis: la colonialidad institucional (...) en 183 años de vida republicana y del sistema de justicia en Bolivia, al igual que la región no ha logrado emanciparse de la colonialidad persistente (...) La descolonización del derecho y la nacionalización de la justicia constituyen, por separado y en conjunto, un marco estratégico que inaugura un proceso emancipatorio del sistema judicial”. La nacionalización de la justicia y la descolo...

¿Propuesta de reforma judicial o de movilización política?

  C omo señalamos en el artículo de prensa anterior, el Tribunal Electoral ha aprobado cuatro preguntas planteadas por los Juristas Independientes para su aprobación en referendo, en dichas preguntas se establece que se incluirá dos nuevos artículos y se modificaran otros 15 artículos en la Constitución Política del Estado. De los nuevos artículos a incluirse se desconoce su texto normativo, así como también se desconoce el texto normativo de los 15 artículos a modificarse, además es importante aclarar que en las preguntas de referendo se menciona dos artículos a incorporarse, sin embargo, en el texto normativo de los Juristas Independientes existen tres artículos a incorporarse. Considerando lo anterior y suponiendo que en el referendo se aprueben las cuatro preguntas, surgen las siguientes interrogantes ¿cuál sería el texto de esos nuevos artículos a ser incluidos en la Constitución?, ¿cuál sería el tenor de las 15 modificaciones?, ¿quiénes serán los encargados de redactar esos n...