¿Se puede “nacionalizar la justicia”?

 


Quienes parten de la idea que el sistema judicial es colonial o está colonizado señalan que el problema central del sistema judicial es la herencia colonial. Moisés Chivi Vargas expresa que “El debate constituyente en Bolivia permitió esclarecer que, gran parte de los problemas del Judicial, no son resultado de la buena o mala voluntad de los circunstancialmente ‘Operadores de Justicia’, sino que existe por encima de ellos toda una cultura inquisitorial, aristocrática y monárquica, que sólo puede admitir una categoría de referencia política para su análisis: la colonialidad institucional (...) en 183 años de vida republicana y del sistema de justicia en Bolivia, al igual que la región no ha logrado emanciparse de la colonialidad persistente (...) La descolonización del derecho y la nacionalización de la justicia constituyen, por separado y en conjunto, un marco estratégico que inaugura un proceso emancipatorio del sistema judicial”.

La nacionalización de la justicia y la descolonización del derecho están presentes en la jurisprudencia nacional. Se hace eco de esta concepción para fundamentar muchos de sus fallos. Así, por ejemplo, la Declaración Constitucional Plurinacional 0002/2016 de 1 de febrero de 2016 nos indica que “La nueva manera de entender la justicia constitucional, tiene fundamentos emergentes de la misma voluntad del constituyente ... la función jurídica se abrirá a los cambios, la vieja institucionalidad que muchas veces actuó bajo los mandatos de la impunidad será transformada bajo los principios del pluralismo jurídico (...) dicho de otra forma, ‘descolonizar el derecho y nacionalizar la justicia’ (...) el colonialismo interno debe terminar y precisamente eso refleja el hecho de que tengamos un nuevo Estado Plurinacional”.

La nacionalización de la justicia es una premisa que no aporta a la solución de los problemas del sistema judicial; al contrario, distorsiona las fundamentaciones doctrinales de la jurisprudencia, son enunciados vacíos e incompatibles con la doctrina del derecho.

Si por nacionalización de la justicia se refieren a la “nacionalización del sistema judicial”, tampoco podría nacionalizarse algo que ya es nacional; en Bolivia no rige el sistema judicial, español, suizo, peruano o de cualquier otro país, en Bolivia rige el sistema judicial establecido en nuestra Constitución y nuestras leyes.

También se señala que todas o casi todas las leyes del país son una copia de otras legislaciones, como la francesa, la española, etc., por lo que urge la elaboración de nuestras propias normas sin ninguna referencia a normas extranjeras; esto sería imposible, porque el derecho es una ciencia social como cualquier otra, que recibe el aporte desde distintas latitudes y autores. Esto ocurre en todas las ciencias del saber humano, en el derecho pasa exactamente lo mismo; por ejemplo, la institución del hábeas corpus, seguirá siendo una garantía de la libertad de las personas contra el abuso de las autoridades, independientemente de cómo se redacte o de cómo se la llame, ya sea hábeas corpus o acción de libertad.

En términos teóricos y jurídicos la nacionalización de la justicia no tiene ninguna lógica, ya que la justicia es un valor, eso quiere decir que no es un objeto material, ni tampoco un objeto ideal, es un concepto íntimamente ligado a la moral, la libertad, la igualdad de las personas, etc.; por consiguiente, pretender nacionalizar la justicia no tiene ningún sentido racional, es como si quisiéramos nacionalizar el amor, el odio o la venganza. La justicia es un valor universal, propio de la humanidad, aunque puedan expresarse de diferentes maneras en diversos contextos. La ciencia y el conocimiento científico no tienen fronteras nacionales. No pertenecen a una denominación estatal.

En consecuencia, cuando se hace referencia a la nacionalización de la justicia estamos, ante todo, apelando a un relato político, de los operadores circunstanciales de la justicia; es decir, es un relato político del partido oficialista. Se incluyen en este sinsentido los intelectuales funcionales que se prestan a descalificar la justicia ordinaria, colgándole epítetos como “colonizada”, “monocultural”, “neoliberal”, “occidentalizada” ... Se trata pues de un discurso político que pretende revalorizar la justicia indígena. ¿Cuál? Es nada más que una retórica.

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