Por: Gustavo
Blacutt Alcalá
En los últimos
días se ha armado un revuelo respecto a la modificación del Reglamento de
debates tanto de la Cámara de Diputados como la de Senadores, que ha cambiado la
forma de aprobación de algunas decisiones legislativas de dos tercios a mayoría
absoluta.
De manera totalmente
equivocada y sin un análisis de mayor calado los nuevos parlamentarios del CC y
CREEMOS, han denunciado la arbitrariedad de la medida y la han calificado de
antidemocrático e inclusive de anticonstitucional, nada más alejado de la
realidad y como se verá más adelante, a quienes más podría beneficiarles estos
cambios, es a CC y CREEMOS si es que saben utilizarlo y empiezan a analizar los
beneficios que les pueden traer a ellos, seguramente cambiarían de opinión.
En primer lugar,
debemos señalar que lo inconstitucional y antidemocrático era el reglamento
anterior que exigía 2/3 para temas en los que la propia Constitución exigía
mayoría absoluta. Los 2/3 afectaba sobre todo a los opositores, que no tenían
la posibilidad de alcanzar esos guarismos para hacer prosperar ninguna de sus
iniciativas.
Si se hace un análisis de las modificaciones al
reglamento, se puede observar que todas ellas son de carácter formal y no
afectan a ninguna disposición que requieren los 2/3 establecidos en la propia
constitución, como por ejemplo en nombramiento del Defensor del Pueblo o juzgar
a los miembros del tribunal constitucional, preseleccionar a los candidatos a
magistrados de los tribunales de justicia y otros.
El haber bajado la
cantidad de votos de 2/3 a mayoría a mayoría absoluta, de acuerdo a lo que
señala el artículo 163 de la CPE, primero que pone a derecho el reglamento, porque un reglamento no puede
estar por encima de lo que ordena la CPE, segundo, si bien es cierto favorecerá
al MAS, en varias ocasiones, sin embargo, a quien más favorece es a la
oposición, porque ahora tiene la oportunidad de alcanzar esa mayoría de votos
de manera más fácil que alcanzar los 2/3 que exigía el reglamento anterior,
veamos por qué y repasemos lo que pasaba en la anterior legislatura y lo que
pasará en la actual.
En la anterior
legislatura el MAS tenía 88 diputados, la oposición tenía 42 diputados (32 de
UD y 10 del PDC) y si la oposición quería crear una comisión especial, para
investigar un hecho de corrupción, necesitaba 87 votos favorables para alcanzar
los 2/3, es decir le faltaban 45 votos, imposibles de conseguirlos.
Con el mismo
ejemplo de párrafo anterior, hoy el MAS tiene 75 diputados y la oposición tiene
55. Si se mantendría el reglamento anterior se necesitaría nuevamente los 87
votos favorables para alcanzar los 2/3, es decir a la oposición le faltarían 27
votos, sin embargo, con la modificación actual, si la oposición quisiera crear
una comisión especial para investigar un hecho de corrupción necesita 66 votos,
es decir solamente le faltarían 11 votos para alcanzar esa mayoría absoluta,
teóricamente mucho más fácil que los 27 votos para alcanzar los 2/3.
Si bien es cierto
que a la oposición le puede servir los 2/3 para bloquear al MAS, en temas de
forma más que de fondo, nadie quiere un bloqueo permanente. El bloqueo
sistemático sería dañino, antidemocrático e inconstitucional y la propia
población les exigiría mayor responsabilidad a los legisladores de CC y CREEMOS.
Las condiciones actuales requieren un bloque opositor propositivo y en ese caso
las iniciativas de la oposición tienen mayores posibilidades de salir adelante,
porque ya no tienen esa difícil barrera de los 2/3.
Finalmente, la mayoría absoluta que hoy se requiere,
es sobre los miembros presentes en la Asamblea de forma que en aquellos
momentos en los que el quorum se establezca con mínimos de asistencia, bien
podría el bloque opositor alcanzar esa mayoría necesaria, sólo necesita una
labor coordinada.
Comentarios
Publicar un comentario