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domingo, 15 de noviembre de 2020


¿LOS 2/3, REALMENTE BENEFICIAN AL MAS O TAMBIÉN 
PODRÍA BENEFICIARLE A LA OPOSICIÓN?

Por: Gustavo Blacutt Alcalá

En los últimos días se ha armado un revuelo respecto a la modificación del Reglamento de debates tanto de la Cámara de Diputados como la de Senadores, que ha cambiado la forma de aprobación de algunas decisiones legislativas de dos tercios a mayoría absoluta.

De manera totalmente equivocada y sin un análisis de mayor calado los nuevos parlamentarios del CC y CREEMOS, han denunciado la arbitrariedad de la medida y la han calificado de antidemocrático e inclusive de anticonstitucional, nada más alejado de la realidad y como se verá más adelante, a quienes más podría beneficiarles estos cambios, es a CC y CREEMOS si es que saben utilizarlo y empiezan a analizar los beneficios que les pueden traer a ellos, seguramente cambiarían de opinión.

En primer lugar, debemos señalar que lo inconstitucional y antidemocrático era el reglamento anterior que exigía 2/3 para temas en los que la propia Constitución exigía mayoría absoluta. Los 2/3 afectaba sobre todo a los opositores, que no tenían la posibilidad de alcanzar esos guarismos para hacer prosperar ninguna de sus iniciativas.

Si se hace un análisis de las modificaciones al reglamento, se puede observar que todas ellas son de carácter formal y no afectan a ninguna disposición que requieren los 2/3 establecidos en la propia constitución, como por ejemplo en nombramiento del Defensor del Pueblo o juzgar a los miembros del tribunal constitucional, preseleccionar a los candidatos a magistrados de los tribunales de justicia y otros.

El haber bajado la cantidad de votos de 2/3 a mayoría a mayoría absoluta, de acuerdo a lo que señala el artículo 163 de la CPE, primero que pone a derecho el reglamento, porque un reglamento no puede estar por encima de lo que ordena la CPE, segundo, si bien es cierto favorecerá al MAS, en varias ocasiones, sin embargo, a quien más favorece es a la oposición, porque ahora tiene la oportunidad de alcanzar esa mayoría de votos de manera más fácil que alcanzar los 2/3 que exigía el reglamento anterior, veamos por qué y repasemos lo que pasaba en la anterior legislatura y lo que pasará en la actual.

En la anterior legislatura el MAS tenía 88 diputados, la oposición tenía 42 diputados (32 de UD y 10 del PDC) y si la oposición quería crear una comisión especial, para investigar un hecho de corrupción, necesitaba 87 votos favorables para alcanzar los 2/3, es decir le faltaban 45 votos, imposibles de conseguirlos.

Con el mismo ejemplo de párrafo anterior, hoy el MAS tiene 75 diputados y la oposición tiene 55. Si se mantendría el reglamento anterior se necesitaría nuevamente los 87 votos favorables para alcanzar los 2/3, es decir a la oposición le faltarían 27 votos, sin embargo, con la modificación actual, si la oposición quisiera crear una comisión especial para investigar un hecho de corrupción necesita 66 votos, es decir solamente le faltarían 11 votos para alcanzar esa mayoría absoluta, teóricamente mucho más fácil que los 27 votos para alcanzar los 2/3.

Si bien es cierto que a la oposición le puede servir los 2/3 para bloquear al MAS, en temas de forma más que de fondo, nadie quiere un bloqueo permanente. El bloqueo sistemático sería dañino, antidemocrático e inconstitucional y la propia población les exigiría mayor responsabilidad a los legisladores de CC y CREEMOS. Las condiciones actuales requieren un bloque opositor propositivo y en ese caso las iniciativas de la oposición tienen mayores posibilidades de salir adelante, porque ya no tienen esa difícil barrera de los 2/3.

Finalmente, la mayoría absoluta que hoy se requiere, es sobre los miembros presentes en la Asamblea de forma que en aquellos momentos en los que el quorum se establezca con mínimos de asistencia, bien podría el bloque opositor alcanzar esa mayoría necesaria, sólo necesita una labor coordinada.

 


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