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lunes, 30 de enero de 2023

Del “Kuti Pacha” al “Pacha Kuti” en la jurisprudencia

 


Continuando el análisis de la Declaración Constitucional 0002/2016 de 1° de febrero de 2016 en la que se establecen los fundamentos para resolver los casos concretos de la justicia indígena, el quinto fundamento señala “El vivir bien se encuentra atrás y se llega por el camino cíclico (kuti pacha) ... En esta cosmovisión, el suma qamaña ... tiene origen en el nayra pacha (“tiempo de antes o antiguo”); consecuentemente, se encuentra en el tiempo pasado; ... debemos seguir recorriendo el camino cíclico (contrario a las agujas del reloj tradicional) para reencauzarnos nuevamente en el “camino noble o sagrado” que nos conduce al suma qamaña (Vivir bien); esto implica, por una parte, cobijar todos los avances que hizo la humanidad en la preservación de la vida holística; y por otra, implica superar toda forma de desequilibrios y conflictos ... para retornar nuevamente al espacio y momento denominado el “pacha kuti” que significa volver al reencuentro con el sentido vital cósmico-telúrico”.

Como vimos anteriormente, además de una justicia idealizada, casi perfecta, las Justicias indígenas son concebidas como un mecanismo de emancipación del capitalismo. Sousa Santos señala: “Se trata ... de concebir la justicia indígena como parte importante de un proyecto político de vocación descolonizadora y anticapitalista, una segunda independencia que finalmente rompa con los vínculos eurocéntricos

Chivi sostiene que “El nuevo derecho ... es el punto de ruptura con la regulación, domesticamiento y disciplinamiento social y el punto de partida de la emancipación y la acción rebelde de individuos y colectividades

Esta concepción pretende darle al derecho una función totalmente distinta a su naturaleza, eso no quiere decir que entre el derecho y la política no exista ninguna relación, al contrario, derecho y política están íntimamente ligadas, sin embargo, el derecho es la consolidación de la emancipación mediante la ley, eso significa que todo deseo de emancipación o liberación primero es política y luego es derecho y no al revés, ya Marx señalaba que la ley no es nada más que la voluntad de la clase dominante hecha ley.

El anhelo del voto universal, solamente fue una consigna, en tanto el MNR no alcanzó el poder, cuando triunfó la revolución nacional, el voto universal se trasformo primero en decreto supremo y luego en ley constitucional, lo mismo ocurre ahora, mientras los indianistas de Reinaga no tomen el poder, el “pacha kuti” seguirá siendo un anhelo que ninguna declaración constitucional la hará realidad.

Tratar de interpretar lo que el Tribunal Constitucional ha querido dejar sentado en este fundamento o cuales serían los casos concretos en los que podría aplicarse, resulta difícil e indescifrable, por ello tal vez debemos tener muy presente lo que Raúl (chato) Prada señala: “No se pueden interpretar las constituciones de estos países a partir del derecho y del constitucionalismo, sino que se exigen un pensamiento pluralista y un movimiento deconstructivo de los paradigmas. Por eso se pierden los abogados y terminan interpretando artículos como si tuviéramos que encontrar los artículos claves, cuando se trata de una interpretación integral, desde el espíritu constituyente, es decir, desde el preámbulo”. Y sobre este aspecto el preámbulo de la Constitución: señala “Dejamos en el pasado el Estado colonial, republicano y neoliberal. Asumimos el reto histórico de construir colectivamente el Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario”. No cabe la menor duda que se trata de una rara emancipación, ya que no es, ni pretende ser revolucionaria, sino todo lo contrario, pretende retornar al comunitarismo primitivo del incario.

La emancipación del “pacha kuti” es el comunitarismo “indio” que Reinaga soñaba, es esa emancipación de los “indios” sin los vicios de occidente, sin el cristo del Papa, sin la monarquía de España, sin el capitalismo, ni el comunismo eurocéntrico. Al respecto, Prada es por demás elocuente cuando señala “lo que el marxismo propuso fue la transición a la dictadura del proletariado ... mientras que los indígenas proponían una transición del capitalismo y de la modernidad hacia lo plurinacional y descolonizador. Es otra propuesta teórica y política. Es, a diferencia del marxismo, una alternativa civilizatoria diferente a la modernidad capitalista y al desarrollo”.

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