L os Juristas Independientes han propuesto una reforma del sistema judicial a través de la reforma parcial de la Constitución mediante referendo por iniciativa popular. Para este fin, han presentado ante el Tribunal Electoral cuatro preguntas para su aprobación en el mencionado referendo. Sin embargo, las modificaciones que plantean exceden las cuatro preguntas del referendo, por ello, en la última parte de las 3 primeras preguntas hay un parágrafo que señala: “Para ello se incluirá un nuevo artículo en la Constitución Política del Estado y se modificarán los artículos 178, 179, 181, 182, 183, 187 190, 191, 192, 193, 194, 195 197, 198 y 227”. El Tribunal Electoral ha aprobado las cuatro preguntas, incumpliendo los artículos 15 y 19 de la Ley del Régimen Electoral, que señalan: “artículo 15. Las decisiones adoptadas mediante Referendo tienen vigencia inmediata y obligatoria, y son de carácter vinculante. Las autoridades e instancias competentes son responsables de su oportuna y ef...