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viernes, 18 de noviembre de 2022

200 años cambiando las fórmulas de elección de jueces y fiscales

 


A lo largo de los casi 200 años de historia del país, todas las reformas constitucionales incluyeron reformas del sistema judicial, especialmente en lo referente a la forma de nombrar a jueces y fiscales que muestran una gran variedad de fórmulas de preselección, elección, nombramiento y designación de jueces, fiscales, magistrados, vocales, etc.

Han existido fórmulas de toda naturaleza, empero la más común fue la preselección y elección realizada en el Poder Legislativo, mediante la cual, unas veces la Cámara de Diputados realizaba la preselección y la Cámara de Senadores hacía el nombramiento definitivo, otras veces a la inversa. En otras ocasiones la preselección correspondía al Poder Ejecutivo y el nombramiento al Congreso y viceversa.

Instituciones políticas, como los consejos de Estado, consejos nacionales, concejos municipales, Poder Electoral, cámaras de Censores, cámaras de Tribunos, etc., han tenido su cuota parte en la preselección o elección de las autoridades judiciales en las que unas instituciones tenían la facultad de preseleccionar ternas o nóminas y otras tenían la atribución de elegir o nombrar.

En el país se ha batido todos los récords de formas de preselección y elección de jueces, fiscales, magistrados, etc. Todas las reformas y modos de elección siempre se justificaron indicando que era la mejor forma para garantizar la independencia del Poder Judicial, pero por los resultados todo parece indicar que se buscaba todo lo contrario, es decir el sometimiento del Poder Judicial a los otros poderes del Estado y en especial al Poder Ejecutivo.

De lo anteriormente mencionado podemos concluir que el problema no está en la forma de elección, sino en la elección misma, ya que, mientras alguien elija a alguien, siempre habrá una dependencia de elegido respecto de su elector.

La historia está advirtiendo que si se sigue ensayando fórmulas de elección de los miembros del Poder Judicial no tendremos nunca una independencia real de los operadores de justicia.

Alberto de Brandeburgo, no luchaba por ser Rey, sino por elegir al Rey, porque sabía que detrás del trono está en verdadero poder.

La reforma del sistema judicial establecida en la Constitución del 2009, consiste en que la preselección la efectúa la Asamblea Legislativa y la elección se realiza mediante voto popular, parecería ser un modo más democrático de elección, sin embargo, los resultados muestran que la elección popular tiene como única función, la de legitimar la preselección que previamente fue efectuada por el poder político, es decir la población no tiene la opción de elegir de manera libre como se ofrecía en el discurso que fundamentaba el cambio, si no que se limita simplemente a votar por los ya escogidos. Por lo que a pesar de la novedad del voto popular esta fórmula no escapa a la lógica de elección por parte del poder político.

Esta es la razón por la cual la elección por voto popular ha fracasado y lo más importante ha sido deslegitimizada por el propio pueblo boliviano en las dos veces que fue puesta en práctica, ya que los votos en blanco y nulo alcanzaron cifras del 57% en la primera elección y 65% en la segunda elección, en cambio el voto de los elegidos alcanzó cifras ridículas, el mayor porcentaje obtenido por el más votado fue de apenas 3%, lo que indudablemente deslegitimó el mandato de las autoridades electas.

Luego de la experiencia de casi 200 años cambiando las fórmulas de preselección, selección, nombramiento, votación, etc., de jueces, fiscales, magistrados, vocales, etc., lo único que se ha conseguido es una mayor dependencia de los operadores de justicia respecto de los miembros del poder político.

Por estas razones, una verdadera reforma del sistema judicial no puede continuar con estas fórmulas de elección, al contrario, una profunda reforma del sistema judicial debe fundamentarse en que nadie debe elegir a nadie, por tanto, jueces, fiscales y todos los operadores de justicia no deben ser elegidos por nadie y menos por el poder político, su acceso al Poder Judicial debe ser estrictamente meritocrática y transparente, de lo contrario estaremos “repitiendo la historia unas veces como tragedia y otras como farsa” (Marx)

(Este es el décimo artículo de un ciclo de escritos en el que expondremos una propuesta de reforma del sistema judicial).

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