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miércoles, 30 de noviembre de 2022

Las dificultades de un referendo aprobatorio de jueces y fiscales

 


El 30 de noviembre de 2020, Comunidad Ciudadana presentó su propuesta de reforma del sistema judicial, muy similar a la propuesta del Movimiento Demócrata Social, que ya vimos en un anterior artículo. La propuesta consiste en la creación de una Comisión de Notables, compuesta por organizaciones sociales que tienen la función de preseleccionar ternas de candidatos a magistrados y fiscales, para que la Asamblea Legislativa elija a dichos magistrados y fiscales. A diferencia del Movimiento Demócrata, plantean que una vez electos los magistrados y fiscales, éstos serían sometidos a un referendo aprobatorio o de rechazo por parte de la ciudadanía en general, en caso de que en el referendo se rechace la elección realizada por la Asamblea Legislativa se volvería a iniciar todo el proceso de preselección, selección y referendo de nuevos magistrados y fiscales.

Un año más tarde los Juristas Independientes plantean prácticamente lo mismo que Comunidad Ciudadana, con pequeñas diferencias más de forma que de fondo, a la Comisión de Notales la denominan Comisión Nacional de Postulaciones, pero que en los hechos cumple las mismas funciones que la Comisión de Notables, asimismo todo el procedimiento y planteamientos de preselección, nombramiento y referendo de magistrados y fiscales, son casi idénticos, con la diferencia que los Juristas Independientes plantean que una parte de los magistrados sean elegidos por los pueblos indígenas originarios campesinos, “directamente mediante normas y procedimientos propios... por turno y rotación”. Estos magistrados indígenas no tienen que acreditar ningún requisito académico de idoneidad profesional o personal, no tienen que ser abogados o licenciados en nada, no tienen que someterse a exámenes de competencia, ni ser ratificados en referendo, etc., es decir gozan de unos privilegios nada desdeñables, a los que le dedicaremos un artículo especial.

De aprobarse el planteamiento de los Juristas independientes o el de Comunidad Ciudadana, existen enormes posibilidades de que los “magistrados ya elegidos” por la Asamblea Legislativa sean rechazados en el referendo.

Por las características de una campaña electoral, los “magistrados ya elegidos” tienen muchísimas desventajas al momento de participar en el referendo aprobatorio, el primero será económico, una campaña electoral tiene un costo elevadísimo que individualmente nadie podrá financiar, a no ser que sea un millonario dispuesto a gastar millones, por el único placer de ser ratificado como magistrado, ya que no existe manera lícita de recuperar tanta “inversión”. Otro problema es el logístico, se necesita un aparato administrativo, de relaciones, de agenda, viajes, encuentros, etc., que permita que el “magistrado ya elegido” sea conocido y ratificado por los votantes. Pero el mayor problema es que los temas que interesan al ciudadano no serán debatidos, será una campaña sin propuestas, ni respuestas. Temas como el aborto, violencia de género, violación de menores, pedofilia, distribución de escaños, reelección indefinida, fraude electoral, corrupción, narcotráfico, derechos reales y un largo etcétera, el “magistrado ya elegido” no podrá emitir opinión en absolutamente nada, porque significaría prejuzgar, sería adelantar criterio jurídico en temas que probablemente en su calidad de magistrado tenga que resolver.

En cambio, la campaña en contra de los “magistrados ya elegidos” será fácilmente deslegitimada y manipulada por parte de quienes no estén de acuerdo con los resultados de la Comisión de Postulaciones o del cuoteo de la Asamblea Legislativa, los más interesados en oponerse serán los postulantes que no hayan sido elegidos, los partidos políticos, grupos de interés, etc., lo que podría derivar en un rechazo de las candidaturas en general o de alguna en particular, generando un círculo vicioso de referendos cada seis meses, en una espiral de nunca acabar y con unos costes económicos escandalosos.

Un dato a tomar en cuenta es que, de acuerdo a la legislación actual, para ser elegido magistrado por voto popular solamente se necesita mayoría simple, de ahí que en las elecciones del 2011 y del 2017 el candidato a magistrado más votado fue elegido con apenas el 3% del total de los votos, en cambio, para que el referendo sea aprobatorio, la exigencia es muchísimo mayor, ya que se necesitará mayoría absoluta, es decir 50% más 1.

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